viernes, 11 de marzo de 2011

vagancia o ebriedad consuetudinarias





Articulo 38°
 Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden por :IV. por Vagancia o ebriedad consuetudinaria, declarada en los términos que prevengan las leyes.
El estado de vagancia es una acción insalubre y la ebriedad se define como una enfermedad, en ambos casos se pierde los derechos.
Anónimo."Vagancia o ebriedad consuetudinarias", Frontera México-Guatemala 10 de Octubre de 2007. Imagen tomada del sitio:thumped.com/bbs/showthread.php?55938-vagabundosamericanos.
(Fecha de actualización 12 de Marzo de 2011.)
 

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